ARRAIGO LABORAL

ARRAIGO LABORAL

Autorización residencia temporal por circunstancias excepcionales

Actualizado en junio de 2018

 

¿QUE ES UN ARRAIGO LABORAL?

Es una autorización para residir y trabajar temporalmente en España por darse una serie de circunstancias en la  vida del extranjero.

El requisito fundamental es que el extranjero resida en España en situación administrativa irregular durante al menos dos años y haya trabajado durante un periodo mínimo de 6 meses.

 

DOCUMENTACIONES NECESARIAS

  • Impreso de solicitud (se encarga AYBE)
  • Copia completa del pasaporte, incluidas las páginas en blanco. El pasaporte tiene que tener una vigencia de al menos 4 meses.
  • Certificado histórico de empadronamiento. En caso de  no disponer de ella,  se necesitará presentar documento relativo a hospitalización, consulta médica, u otros. Cualquiera de estos documentos deben ser emitido por un organismo público.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por las Autoridades del país o países en los que haya residido durante los cinco últimos años anteriores a la entrada en España.
  • Documentación acreditativa de la existencia de relaciones laborales, que podrá ser:
    • Resolución judicial o acta de conciliación en vía judicial que la reconozca, o
    • Resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que la acredite.

 

NOTAS GENERALES: 

a) Cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud.

b) Todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación  o apostillado.

c) Todos los documentos que se presenten en extranjería deben ser originales, los cuales serán cotejados con las copias tras lo cual le será devuelto al extranjero.

 

TASAS:

  • Extranjería: 37,15€
  • Policía: 15,60€

 

PLAZA DE RESOLUCIÓN DE LA SOLICITUD:

Tres meses desde el día siguiente a la presentación de la solicitud.

 

VIGENCIA DE LA AUTORIZACIÓN:

La autorización tiene una vigencia de un año, tras cuya conclusión se podrá renovar o modificar.

 

Si tienen cualquier consulta que precisen que le aclaremos, no duden ponerse en contacto con nosotros en aybe.barcelonao perito.biz